En relación al despido injustificado, el Segundo Juzgado de letras señala que. “La referida carta (de despido) carece de los elementos mínimos para ser analizada en cuanto al fondo por cuando esta carece una fundamentación que permita a la trabajadora de conocer los motivos reales de su desvinculación dejándola en la indefensión y sin que se haya aportado tampoco prueba suficiente que justifique esta fundamentación vaga y genérica (…)”.
Crónica de Espacio Regional y otras fuentes citadas. Imagen redes sociales ANEF.
El juez Titular del Segundo Juzgado de Letras de Santiago, Cristian Rodrigo Álvarez Mercado, acoge en primera instancia la denuncia por vulneración de Derechos Fundamentales y Despido Injustificado interpuesta por la Periodista y ex encargada de Comunicaciones de la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales, Soledad Romero Donoso. El juez Titular, acreditó que existió por parte de José Pérez Debelli una infracción al Derecho de No Discriminación Laboral, y de diferencia infundada en contra de la trabajadora; rechazando por lo mismo la solicitud de reintegro -por considerar que la medida pondría en riesgo la salud mental de la profesional-, y estableciendo a cambio, la indemnización correspondiente según la ley.
El segundo Juzgado de Letras también acoge la demanda por Despido Injustificado interpuesta por la periodista, señalando que la Directiva presidida por José Pérez Debelli despidió a Romero Donoso, a través de una causal infundada y vaga.
La periodista, interpuso la demanda en julio del 2022, poniendo a disposición de los tribunales laborales, todos los elementos probatorios de vulneración contra sus derechos fundamentales, y los antecedentes evidenciales de despido injustificado. La sentencia sienta un precedente inexistente y paradójico, entendiendo que la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales tiene como principio fundamental, la defensa del Estado y los derechos laborales de los trabajadores/as, y que la profesional se desempeñó por años asertivamente en su cargo. Sin embargo, y contra los estatutos de la misma organización, el Presidente y su círculo más cercano, en cuatro paredes, la despiden por razones ideológicas.
Rodrigo Ojeda Garrido, abogado de la demandante, señaló que José Pérez Debelli “demostró un profundo desprecio por Tribunales, los poderes del Estado, la ley y la Trabajadora vulnerada, porque no sólo no dio ninguna explicación de las razones del despido de la trabajadora, sino que tampoco compareció al tribunal, a la diligencia de absolver posiciones, y que habiendo sido citado por el Tribunal para esos efectos en forma oportuna, no comparece argumentando que fue invitado por el Presidente de la República, Gabriel Boric, a la ceremonia de la cuenta pública del Gobierno. Despreciando no sólo la citación del Tribunal, de un poder del Estado, sino que también despreciando la acción de la trabajadora que requería de su presencia para hacerle las preguntas pertinentes, y diera las explicaciones o motivaciones por las cuáles se le había desvinculado. Aquí hay responsabilidades personales, la ANEF deberá pagar como entidad, pero hay una responsabilidad de la persona que tiene alta injerencia en lo que ocurre (…) Obviamente que no asistió velando por sus intereses particulares de estar presente en una actividad política junto al Presidente de la República; más que cumplir con su rol de Presidente de la Asociación Nacional de Empleados Fiscales. Pudiendo además, delegar la asistencia en otro/otra, lo que tampoco hizo, porque la ley faculta al representante legal de una organización, de una empresa a delegar esta absolución de posiciones a una persona determinada, de ser necesario.”
En tanto, Soledad Romero señaló estar satisfecha con la sentencia de primera instancia “porque creo profundamente en el rol fundamental de las organizaciones sindicales y sociales para transformar positivamente la vida de los trabajadores/as, y por lo mismo creo que deben volver a sus principios fundacionales, estar más conectadas con la gente y sus necesidades. Si vulneran los derechos de sus propios trabajadores/as, ¿qué confianza pueden generar en la ciudadanía?«.
Reacciones desde la ANEF
Según el portal BíoBío Chile, José Pérez Debelli, presidente de la asociación, reconoció que lo resuelto en primera instancia por el tribunal laboral los golpea como agrupación que precisamente se dedica a defender los derechos de los trabajadores fiscales.
“Nos produce un golpe, porque también la interpretación del juez en este caso coloca elementos que por ningún motivo… la conducta nuestra, la mía en particular, nunca ha sido contradictoria”, recalcó. A juicio de Pérez, en su momento “se pagó todo y ella recurrió a su derecho como extrabajadora a presentar una tutela, que dicho sea de paso no está todavía el fallo definitivo, esta es la primera apreciación del juez”.
El texto de la sentencia, lo puede descargar aquí.
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